Por Juan José Sagardía
Al Sr. Ministro de Salud de la Nación
y al Superintendente del Servicio de Salud de la
Superintendencia del Servicio de Salud
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Sres. Les hago llegar una preocupación por el tema de la Ley de Aborto, sancionada por la Cámara de Diputados de la Nación, por ello hago pública mi preocupación ¿a cargo de quién va a ser dicha intervención médica?, por ello le requiero conocer los fundamentos de esta Ley en el Art. 12.
En su Art. 12, se establece que los Abortos, serán a cargo de las Obras Sociales, Prepagas, Obras Sociales de Profesionales y los Hospitales.
Mi opinión, que nada tiene que ver con lo resuelto, afecta en forma directa y pone en riesgo los demás Servicios de Salud.
Considero que el Aborto no es una “Enfermedad”, si, está contemplado en el PMO cuando hay un embarazo con dificultades.
Los Financiadores, están obligados a entregar gratuitamente y en forma mensual las Pastillas Anticonceptivas. La lógica dice que si se entregan las Pastillas mencionadas e inclusive el Diu y otros, a cargo de las Obras Sociales, lo normal debería ser que no se den embarazos.
Si la Persona queda embarazada es de su exclusiva responsabilidad y por ende se debe hacer cargo de los gastos correspondientes, teniendo siempre los Hospitales que son del Estado y sin cargo.
Solicito la anulación del Art. 12 del Proyecto de Ley del Aborto, aprobado el 09.12.20 por generar un Derecho sobre una acción que es privada y la Persona en uso de su Responsabilidad debe asumir sus costos, lo aprobado es hacer un supuesto bien con el dinero de otro.
Santa Fe, 15.12.20
Juan J. Sagardia
Ciudad